31-12-10, 20:12
http://www.eldiariomontanes.es/v/2010123...01231.html
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha denegado a la empresa propietaria de la sala Buenas Noches Santander (BNS) la licencia de apertura como 'sala de baile', la más amplia del decreto sobre horarios de hostelería (hasta las 6.00 horas en verano y fin de semana).
El TSJC ha rechazado un recurso que presentó la empresa Balneario de la Concha S. A., propietaria del BNS, contra una sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander, que ya denegó a este establecimiento la licencia.
Balneario de la Concha sostenía que había obtenido esa licencia por el silencio administrativo del Ayuntamiento de Santander ante su petición para cambiar el uso de 'restaurante y servicios de hostelería' a 'bar especial con destino a sala de baile'. Sin embargo, la sentencia dictaminó que no contestar a una solicitud no dio lugar al silencio positivo.
El juez razonaba que la solicitud de licencia de sala de baile, en un establecimiento ubicado en el dominio público -como es este caso, sobre la playa de La Concha-, «no entra en lo que es la concesión para restaurante y servicios de hostelería», porque la sala de baile tiene unas «características singulares» dentro de lo que un establecimiento puede ofrecer y además precisa una concesión específica.
El TSJC destaca que ya se ha pronunciado sobre este establecimiento en otro recurso del año 2007. En aquel momento, la Dirección General de Costas informó al Ayuntamiento de que esa modificación alteraba el fin por el que se otorgó la concesión, porque ese cambio suponía alterar la propia estructura del edificio (Reina Victoria, 46), con la disposición de nuevas barras y el cambio del uso de comedor a escenario y zona de baile. Además, este departamento alegó que la Ley de Costas establece como causa de caducidad la alteración de la finalidad de un título concesiona
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha denegado a la empresa propietaria de la sala Buenas Noches Santander (BNS) la licencia de apertura como 'sala de baile', la más amplia del decreto sobre horarios de hostelería (hasta las 6.00 horas en verano y fin de semana).
El TSJC ha rechazado un recurso que presentó la empresa Balneario de la Concha S. A., propietaria del BNS, contra una sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander, que ya denegó a este establecimiento la licencia.
Balneario de la Concha sostenía que había obtenido esa licencia por el silencio administrativo del Ayuntamiento de Santander ante su petición para cambiar el uso de 'restaurante y servicios de hostelería' a 'bar especial con destino a sala de baile'. Sin embargo, la sentencia dictaminó que no contestar a una solicitud no dio lugar al silencio positivo.
El juez razonaba que la solicitud de licencia de sala de baile, en un establecimiento ubicado en el dominio público -como es este caso, sobre la playa de La Concha-, «no entra en lo que es la concesión para restaurante y servicios de hostelería», porque la sala de baile tiene unas «características singulares» dentro de lo que un establecimiento puede ofrecer y además precisa una concesión específica.
El TSJC destaca que ya se ha pronunciado sobre este establecimiento en otro recurso del año 2007. En aquel momento, la Dirección General de Costas informó al Ayuntamiento de que esa modificación alteraba el fin por el que se otorgó la concesión, porque ese cambio suponía alterar la propia estructura del edificio (Reina Victoria, 46), con la disposición de nuevas barras y el cambio del uso de comedor a escenario y zona de baile. Además, este departamento alegó que la Ley de Costas establece como causa de caducidad la alteración de la finalidad de un título concesiona